Ley 1010 acoso
laboral
Se puede definir al acoso laboral, como toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.
Busca la Ley 1010, adoptar una serie de medidas
tendientes a prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros
hostigamientos tales como maltratos, vejámenes, agresiones (verbales o
físicas), trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la
dignidad humana en el marco de las relaciones laborales privadas o
públicas, para tal fin establece una serie de normas las cuales se pueden
sintetizar bajo los siguientes criterios.
· Maltrato
laboral - violencia física o verbal.
· Persecución
laboral.- acto reiterados-arbitrario.
· Discriminación
laboral.- trato diferente.
· Inequidad
laboral.- funciones- remuneración.
· Entorpecimiento
laboral.- obstaculizar.
· Desprotección
laboral. Ordenes no adecuadas.
· Actos de irrespeto
a la dignidad humana contrario a disciplina y subordinación laboral, con
ocasión del trabajo, riesgo laboral- seguridad social.
· Los actos de agresión física,
independientemente de sus consecuencias.
· Las expresiones injuriosas o ultrajantes
sobre la persona, con utilización de palabras soeces o con alusión a la raza,
el género, el origen familiar o nacional, la preferencia política o el estatus
social.
· Los comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional expresados en presencia de los compañeros de
trabajo.
· Las injustificadas amenazas de despido
expresadas en presencia de los compañeros de trabajo.


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